01 Abril 2023
Por: Grupo Day
Deducciones personales de Personas Físicas

Todas las personas físicas tienen derecho a deducir, en su declaración anual, los gastos denominados coloquialmente “deducciones personales”, que se enlistan a continuación:

  • Honorarios médicos y gastos hospitalarios
  • Gastos de funerales
  • Donativos
  • Intereses hipotecarios reales
  • Aportaciones de retiro complementarias
  • Primas por seguros de gastos médicos
  • Transporte escolar obligatorio
  • Impuesto local sobre salarios


  • Adicionalmente se pueden deducir las colegiaturas de sus ascendientes o sus descendientes en línea recta (incluso adoptantes y adoptados), las propias y las de su cónyuge o concubino (a).

    De la lista anterior, solo dos tipos gastos deben estar pagados dentro del mismo ejercicio para que puedan deducirse:

    1 - Honorarios médicos y gastos hospitalarios, y

    2 - Gastos de funerales.