01 Julio 2023
Por: Grupo Day
"Carta-Porte_3.O"

El pasado 25 de septiemDre el SAT, en su portal de internet, dio conocer la nueva versión 30 del complemento carta-porte, sin embargo, no se habia señalado su entrada en vigor,fue hasta el día de hoy (20 de octubre), que en la octava versión anticipada de la RMF 2023, se señala que deberá utilizarse a partir del 25 de noviembre de 2023.

Asimismo, se señala en la referida versión anticipa de la RMF 2023, que los contribuyentes obligados a expedir CFDI a los que se les incorpore el complemento Carta Porte podrón continuar emitiendo dicho complemento en la versión 2.0, publicada el 24 de febrero de 2023 en el Portal ael SAT, hasta el 31 de diciembre de 2023.

Final mente y con motivo ae la incorporación de la nueva versión del complemento, se rnodifcan los requisitos de su representación impresa, para incorporar la estructura de este tpo de comprobante que permita visuaúzar por separado dicha representación impresa del CFDI y el complemento Carta Porte, así como el señalamiento del atributo documento aduanero, aclarando que dichos requisitos serón únicamente aplicables en la versión 3.0.

La nueva versión incorpora 7 nuevos catálogos que la mayoría entrarían en vigor el 25 de noviemDre 2O23 y otros aún no se indica la fecha. recordar periodo de transición

  • Régimen Aduanero
  • 1. Sector COFEPRIS (entrada en vigor por definir)
  • 2. Forma farmacéutica (entrada en vigor por aefinir)
  • 3. Condiciones especiales (entrada en vigor por definir)
  • 4. Tipo Material
  • 5. Documento Aduanero
  • 7. Registro ISTMO
  • A continuación les darnos a conocer los atributos que se adicionan en la nueva versión

    a: Información del nodo: Carta Porte

    IdCCP (Se incluye un fat io fiscal para el complemento independientemente del correspondiente aI estándar del CFDI ae que se trate) RegimenAduanero (Señalar la clave de acuerdo con el nuevo catálogo) RegistrolSTYO (Pararegistrar las regiones, si el trasado serealza en el ISTYO) UbicacionPoloOrigen (Sólo cuando se registre ISTMO) UbicacionPoloDestino (Sólo cuando se registre ISTMO)

    b: Información del nodo: Mercancías

  • 39. LogisticaInversaRecoleccionDevolucion (Para cuando se hace uso ae alguno de los servicios de entrega y recolección de mercancía por aevolución).
  • c: Información del nodo: Mercancía

  • 51. SectorCOFEPRlS (Para expresar la clasificación del producto que debe contar con la autorización correspona iente)
  • 52. Nombres ngredienteActivo
  • 53. NomQuimico
  • 54. DenominacionGenericaProd
  • 55. DenominacionDistintivaProd
  • 56. FaDricante
  • 57. FechaCaducidad
  • 58. LoteMedicamento
  • 59. FormaFarmaceutica
  • 6O. CondicionesEspTransp
  • 61. RegistroSanitarioFolioAutorizacion
  • 62. Permisos mportacion
  • 63. FoliolmpoVUCEM
  • 64. NumCAS
  • 65. RazonSocia lEmpl mp
  • 66. NumRegSanPlagCOFEPRES
  • 67. DatosFabricante
  • 68. DatosFormulador
  • 69. DatosMaquilador
  • 7O. UsoAutorizado
  • 76. TipoMateria
  • 77. DescripcionMateria
  • d: Información del nodo: Documentación Aduanera (Antes Pedimentos)

  • 78. TipoDocumento (Señalar la clave del nuevo catálogo documento aduanero)
  • 80. ldentDocAduanero (Identificador o folio del documento aduanero)
  • 81. RFClmpo (RFC del importador)
  • e: Información del nodo: Autotransporte: Identificación Vehicular

    PesoBrutoVehicular (para señalar el peso en toneladas del autotransporte) Recomendamos preparar la configuración de sus programas, con la finalidad de implementar los cambios corresponaientes en virtud ae la entrada en vigor oe esta nueva versión del complemento Carta-Porte.